Aval bancario
Es un contrato de garantía en virtud del cual una entidad financiera no entrega dinero sino un documento (carta de aval) que le compromete ante un tercero, de forma que, si el solicitante no cumple las obligaciones estipuladas, el afectado será "indemnizado" por la entidad, según los términos recogidos en la carta de aval.

Las entidades financieras prestan avales para garantizar circunstancias tales como :

  • Pago aplazado por la compra de un bien o servicio.
  • Pago de rentas por arrendamiento de un inmueble.
  • Acudir a concursos públicos para adjudicaciones de bienes o contratos.
  • Ejecución correcta de trabajos o servicios adjudicados.
  • Suministro de mercancías por un proveedor.
  • Aplazamiento de deudas tributarias.
  • Entregas a cuenta por la compra de un bien.